fbpx

Derecho de Familia

Divorcios, separaciones, medidas paterno-fliliares

Pide tu cita ahora

Hazlo de manera fácil y rápida si existe MUTUO ACUERDO entre los cónyuges o progenitores

01

Entrega de documentación

Solo tienes que mandarnos por correo electrónico la información solicitada y rellenar el cuestionario que se te hará llegar.

02

Borrador de convenio

En un máximo 48 horas redactamos el borrador del convenio adaptado a las necesidades de tu caso, el cual podrás revisar y modificar en caso de ser necesario. Resolveremos tus dudas mediante correo electrónico o por teléfono.

03

Juzgado

Una vez estéis las partes de acuerdo con el convenio y firmado éste, se presentará en el juzgado que corresponda a tu domicilio, debiendo ir allí a ratificarlo al juzgado cuando se requiera para ello, siendo acompañados por el procurador.

04

Sentencia

Tras la ratificación, el juez procede a dictar sentencia, que tardará en función del juzgado.

Esta opción es la más acertada, ya que podéis divorciaros de una manera rápida, económica y sin tediosos desencuentros en los juzgados

Documentación a preparar y que necesitarás

  • Libro de familia
  • Certificado literal de matrimonio
  • Certificado literal de nacimiento
  • Última declaración de la Renta
  • Últimas tres nóminas
  • Copias escrituras propiedades en común
  • Último recibo del IBI
  • Cargas del matrimonio (hipotecas, préstamos, tarjetas…)
  • Gastos ordinarios de los menores (colegio, AMPA, material…)
Divorcio

Ventajas del MUTUO ACUERDO

RAPIDEZ

Se trata del procedimiento más rápido sencillo de obtener el divorcio.

A diferencia del contencioso, no exige la celebración de juicio, bastando con la presentación de la demanda y del convenio regulador o del pacto de convivencia y su posterior ratificación (firma) en el Juzgado por ambos cónyuges.

Si existen hijos menores, el Fiscal debe revisar el convenio regulador, o el pacto de convivencia, y velar por los intereses de éstos.

AHORRO

El mutuo acuerdo supone un abaratamiento de costes al permitir que ambos cónyuges actúen representados por un mismo Procurador y defendidos por un único Abogado.

El coste además no es sólo económico, sino también personal para ambas partes.

Respondemos tus PREGUNTAS MÁS FRECUENTES

¿QUÉ DIFERENCIAS HAY ENTRE LA SEPARACIÓN Y EL DIVORCIO?

La diferencia principal entre la separación y el divorcio, consiste en que en la separación el vínculo matrimonial queda suspendido, por lo que no permite volver a contraer matrimonio.

La sentencia de separación produce la suspensión de la vida común de los casados, cesando la posibilidad de vincular bienes del otro cónyuge en el ejercicio de la potestad doméstica, pero el vínculo matrimonial no se rompe.

¿QUÉ ES EL CONVENIO REGULADOR?

El convenio regulador, es un acuerdo bilateral de los cónyuges en el que tras poner fin a la convivencia matrimonial o al matrimonio, se regulan todas las consecuencias jurídicas del mismo. El art.777 de la LEC establece la obligatoriedad de presentar este convenio regulador junto con las demandas de separación o de divorcio.

¿QUÉ DEBE REGULARSE EN EL CONVENIO REGULADOR?

Dado que estamos hablando de divorcio, separación o medidas paterno filiales de mutuo acuerdo, los cónyuges han de ponerse de acuerdo sobre los siguientes puntos:

  • Custodia de los hijos, se debe hacer constar cuál de los cónyuges se va a encargar de la custodia de los hijos, o si han decidido establecer un régimen de custodia compartida.
  • Régimen de comunicación con los hijos, para el cónyuge que no tiene la custodia. Y en su caso para los abuelos.
  • Atribución del uso de la vivienda conyugal (uso, no la propiedad).
  • Pensión de alimentos a los hijos, cuantía, forma de pago, actualizaciones. En este punto los cónyuges nos suelen preguntar qué cuantía establece la ley, lo que dice la normativa es que para fijar el importe de la pensión de alimentos a de atenderse a las necesidades de los hijos y a las posibilidades económicas de cada uno de los cónyuges, lógicamente, dado que estamos hablando de un acuerdo, serán los propios cónyuges los que decidan esta consecuencia del divorcio.
  • La pensión compensatoria, para el caso en que la separación o el divorcio produzca a alguno de los cónyuges un desequilibrio económico en cuanto a su situación anterior.
  • La liquidación del régimen económico del matrimonio, o no, pues se puede dejar para un momento posterior.
¿PUEDE MODIFICARSE EL CONTENIDO DEL CONVENIO UNA VEZ APROBADO?

Tanto los acuerdos aprobados en el Convenio, como los que el juez determine, podrán ser modificados si las circunstancias se ven sustancialmente modificadas.

¿EN QUÉ SE DIFERENCIA LA GUARDA Y CUSTODIA Y LA PATRIA POTESTAD?

La guarda y custodia alude al cuidado y guarda de los hijos menores de edad en su vida habitual con ellos; mientras que la patria potestad se refiere a la representación de los hijos. Tras un proceso de separación o divorcio, lo habitual es que los progenitores mantengan la titularidad y ejercicio de la patria potestad de manera conjunta, mientras que la guarda y custodia puede ser compartida o monoparental.

¿QUÉ ES LA PENSIÓN DE ALIMENTOS?

Cuando la custodia se le otorga a uno de los progenitores y al otro se le reconoce un régimen de visitas el segundo debe aportar una pensión a favor de sus hijos para compensar el desequilibrio que produce un mayor tiempo de los menores con uno de los padres.

El importe de la pensión se calcula en base a las necesidades de las menores y la capacidad económica de los padres.

El establecimiento de la custodia compartida no implica de facto que no exista una pensión compensatoria en caso de que exista una elevada diferencia de la capacidad económica de los progenitores.

¿QUÉ ES LA PENSIÓN COMPENSATORIA?

La compensatoria se dicta en favor del cónyuge que haya renunciado a trabajar fuera de la casa para cuidar de la familia, y que tras el divorcio tiene dificultades para reintegrarse al mercado laboral. En los últimos tiempos sólo se concede en aquellos matrimonios de una cierta edad y que han permanecido casados durante bastante tiempo.

Si habéis decidido de mutuo acuerdo disolver vuestro matrimonio civil o poner fin a vuestra relación de la que tenéis hijos y habéis llegado a poder definir las medidas reguladoras que regirán vuestro divorcio…

Pide tu cita ahora
whatsapp Llamada